26 de mayo, 2020

Nueva normativa para la reapertura de terrazas y ampliar su espacio público en Barcelona

Por Pulsen

 

El pasado día 21 de Mayo de 2020 fue publicado el Decreto de la Alcaldía de Barcelona en el cual se regulan nuevas  medidas que han de ser adoptadas para poder reabrir terrazas y ampliar la ocupación del espacio público en el sector de la Restauración. Son medidas que van encaminadas a intentar paliar los graves efectos económicos que ha ocasionado el patrón de la actividad como consecuencia del estado de alarma vivido en estos últimos meses,.

En estos días, las actividades económicas de nuestro país se van a ver envueltas en la progresiva reapertura de su actividad y la vuelta a una Nueva Normalidad , en aplicación del plan de desescalada del estado de alarma establecido por el gobierno. 

El Ayuntamiento de Barcelona,  ha decidido establecer unas medidas extraordinarias encaminadas a paliar y a minimizar las dificultades económicas para el sector de la Restauración. La nueva disposición referente a terrazas,  nace con el objetivo de garantizar el derecho de la ciudadanía al uso general del espacio público, a la movilidad y a la accesibilidad y por tanto va a respetar y proteger  los diferentes usos que confluyen en dicho espacio . Se busca sobre todo con estas normas, la recuperación progresiva de la vida de barrio y en base a ello,  los destinatarios de la disposición serán todos aquellos establecimientos de restauración y asimilados definidos en la Ordenanza de Terrazas con independencia de que cuenten o no con una licencia de terrazas vigente.

 

¿ Que Requisitos  ha de cumplirse para solicitar la autorización para terraza o ampliación del espacio ?

 

Ser un establecimiento de Restauración o asimilados definidos en el Art.5 , letra C y D de la Ordenanza de Terrazas que dispongan de licencia de actividad con independencia de que tengan una licencia de terraza en vigor.

 

¿ Que condiciones ha de cumplir el espacio para colocar nuevas terrazas o  para poder ampliarlas ?

  • Que la ampliación o la nueva  autorización se ha de desarrollar prioritariamente a los espacios de calzada colindantes a la acera, como cordones de aparcamiento o carriles de circulación.
  • Que no afecte a un carril bici o un carril de transporte público. 
  •  Que no impida el acceso a parkings y equipaciones que tengan acceso para vehículo.
  • Que no impida el acceso y el paso de los servicios públicos de movilidad, limpieza, seguridad y emergencias.
  • Que no dificulte la utilización de los servicios públicos, el uso y el mantenimiento del mobiliario urbano, la visualización de las señales de tráfico, ni afecte otros elementos similares.
  • Que no interfieran  en las necesidades que sean requeridas por otras actividades comerciales al espacio público como consecuencia del cumplimiento de distancias de seguridad sanitaria. En especial, cuando haya establecimientos o actividades los clientes o personas usuarias de las cuales tengan que esperar en el espacio público.
  • Se han de garantizar como mínimo en aceras y plataformas únicas como mínimo un paso libre de peatones de 2 metros.
  • En plazas  solo se puede ampliar la superficie de las terrazas cuando la ocupación total de las terrazas no supere el 50% de la superficie libre de de la plaza, y siempre que los espacios libres resultantes tengan una dimensión adecuadas para el uso de los  ciudadanos.

¿ Que tipo de mobiliario se permite para nuevas autorizaciones o ampliaciones? 

 

Solo se admite como mobiliario la instalación de mesas y sillas, a razón de cuatro sillas para cada mesa, parasoles (excepto, por razones de seguridad, en el caso de ocupaciones temporales sobre calzada donde haya un carril de circulación al lado) y jardineras, cuando se ocupe calzada.  

En el caso de que  se autorice  la ocupación en calzada, el Ayuntamiento ha de instalar los elementos de separadores con los carriles de circulación, así como la señalización que sean oportunos.

 

 ¿ Como afecta a los establecimientos de restauración con licencia de terrazas vigente? 

  • Estos establecimientos podrán reabrir las terrazas al público, a partir del día 25 de Mayo coincidiendo con la entrada en la fase 1 de la desescalada,  con el 50% de los módulos autorizados ( 1 mesa y cuatro sillas ) en la misma superficie y situándolos a una distancia de seguridad de 2 metros entre ellos,  pudiendo redondear la fracción hacia arriba ( escaso de licencias que dispongan de un número impares de módulos) siempre y cuando quepan a la distancia de seguridad de 2 metros establecida y dentro de la superficie otorgada por la licencia inicial.
  • Estos establecimientos podrán  solicitar la ampliación de la superficie de las terrazas para instalar un máximo de cuatro módulos, si bien si la terraza se ubica en la calzada, excepcionalmente se pueden autorizar hasta 6 módulos,  respetando siempre la distancia de seguridad de 2 metros y demás medidas indicadas anteriormente. 

 

¿ Como afecta a los Establecimientos de Restauración o asimilados  sin licencia de terrazas en vigor? 

 

Este tipo de establecimientos podrán solicitar la ocupación del espacio público para instalar un máximo de cuatro módulos, si bien si la terraza se ubica en la calzada , excepcionalmente se pueden autorizar hasta 6 módulos ,  respetando siempre la distancia de seguridad de 2 metros entre módulos siempre que cumplan el resto de requerimientos indicados anteriormente. 

 

¿ Que tengo que hacer para poder solicitar la colocación o la ampliación de la terraza en mi establecimiento?

Para poder solicitar la colocación de terrazas o ampliación del espacio, hace presentarse una Solicitud al Ayuntamiento de Barcelona . La solicitud tiene que ir acompañada, al menos, de un plano de la superficie de la terraza donde se indiquen los elementos urbanos existentes y las distancias entre módulos y de fotografías del ámbito propuesto y del exterior del local.

Una vez recibida la solicitud con la documentación completa, el Equipo Técnico de Terrazas tiene que verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Decreto y, si todo es correcto se dictará resolución con la concesión de la autorización oportuna . 

Se prevé  también la posibilidad de solicitar el poder ocupar un carril de circulación , siempre y cuando se presente una propuesta unitaria para un tramo de calle cumplida. Para ello, ha de presentarse una instancia de solicitud conjunta por parte de los establecimientos interesados en la ampliación o nueva terraza.

 

En todo caso, si eres titular de un establecimiento de restauración o asimilado y tienes dudas de como solicitar estas autorizaciones, en Studio Pulsen tenemos una amplia y dilatada experiencia en la gestión de licencias para establecimientos de restauración . Contáctanos si necesitas ayuda.

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